JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
Los Juzgados de Policía Local son Tribunales especiales y tienen por objeto administrar justicia dentro de la comuna.
Juez titular: Sergio Pincheira Cartes
Secretaria Abogado: Jimena Roa Sandoval
correo: jroa@munichue.cl
Administrativos:
Ximena Carrasco Pérez
Fono: 41-2405967
Correo: xcarrasco@munichue.cl
Karen Gomez Moraga
Fono: 41-2405967
Correo: karen.gomez@munichue.cl
Victor Urra Concha
Fono: 41-2405967
Correo: rogelio@munichue.cl
De conformidad a la Ley 21.241, los usuarios podrán solicitar se les notifique las resoluciones que dicte el Tribunal al correo electrónico que indiquen, las que se remitirán desde el correo electrónico:
notificacionesjpl@munichue.cl
salvo las excepciones que indica la misma Ley.
AUDIENCIAS DEL MAGISTRADO |
Lunes, Martes y jueves de 10:00 a 13:00 hrs. |
ATENCIÓN DE PUBLICO |
Lunes a Viernes de 08:00 a 13:00 hrs. |
HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL |
Por la mañana de Lunes a Viernes de 08:00 a 13:00 hrs. Por la tarde de Lunes a Viernes de 14:00 a 16:00 hrs. |
VALORES DE INFRACCIONES
INFRACCIÓN | ARTÍCULOS | MULTAS EN U.T.M. | DÍAS SUSPENSIÓN LICENCIA |
GRAVÍSIMA | ARTICULO N° 199 | 1,5 A 3 U.T.M. | 5 A 45 DÍAS |
GRAVE | ARTICULO N° 200 | 1 A 1,5 U.T.M. | |
MENOS GRAVE | ARTICULO N° 201 | 0,5 A 1 U.T.M. | |
LEVE | ARTICULO N° 202 | 0,2 A 0,5 U.T.M. |
INFRACCIÓN | ARTICULO | MULTA EN U.T.M. |
INGERIR ALCOHOL EN LA VÍA PUBLICA | ARTICULO N° 25 | 1 U.T.M. |
TRANSITAR EN LA VÍA PUBLICA EN ESTADO DE EBRIEDAD | ARTICULO N° 26 | 1 U.T.M. |
LISTADO DE MATERIAS COMPETENTES
1.- De las infracciones de los preceptos que reglamentan el transporte por calles y caminos y el tránsito público. En esta materia existen numerosas leyes, decretos y reglamentos, siendo la Ley Nº 18.290, la principal, y los decretos del Ministerio de Transporte, que no se enumeran por su gran número.
2.- Regulación de daños y perjuicios ocasionados en o con motivo de accidentes del tránsito cualquiera que sea su monto.
3.- De las infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales.
4.- Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcción y Construcciones (D.O. 13.04.76) y Ordenanzas.
5.- Infracciones al D.L. 3063, sobre Rentas Municipales.
6.- Infracciones a la Ley 19.496 y decretos reglamentarios, sobre protección a los
Derechos de los consumidores.
7.- Infracciones a la Ley 19.537(D.O. 16.12.97) ley de Copropiedad Inmobiliaria.
8.- Infracciones a la ley 18.700 (D.O. 06.05.88) Ley Orgánica Constitucional sobre
Votaciones Populares y Escrutinios.
9.- Infracciones a la Ley 19.419 (D.O. 09.10.95) sobre Tabaco y Cigarrillos.
10.- D.L. 701 (D.O. 28.10.74) modificado por D.L. 2565 (D.O. 03.04.96) sobre
fomento forestal.
11.- D.S. 4363, publicado en el Diario Oficial del 30.06.31, sobre Ley de Bosques.
12.- Infracciones a la Ley 18.119 (19.05.82) sobre conexiones o empalmes
clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado.
13.- Infracciones a la Ley 19.303 (D.O. 31.04.94), sobre vigilante privados.
14.- Infracciones a la Ley 19.284 (D.O. 14.01.94), sobre discriminación de
discapacitados.
15.- Infracciones a la Ley 19.040 (25.01.91), sobre buses contaminantes y
D. 116 de Transportes de 1992 (D.O. 26.06.92)
16.- Infracciones a la Ley 18.892, solamente con respecto de la pesca deportiva.
17.- Infracciones a la Ley 13.937, sobre letreros indicativos de nombres de calles.
18.- Infracciones a la ley que crea Comisión de Energía Nuclear.
19.- Infracciones al D.F.L. 850 de 1997, del Ministerio de Obras Públicas , sobre pesaje de vehículos.
20.- Infracciones a la Ley de Educación Primaria obligatoria.
21.- Infracciones a la Ley 19.846, (D.O. 04.01.03) sobre calificación cinematográfica.
22.- Decreto con Fuerza de Ley 216, de 15 de mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.
23.- A las leyes sobre pavimentación.
24.- Ley 19.925 Ley de Alcoholes
25.- Infracciones a la Ley 7889, sobre venta de boletos de la Lotería y Polla de Beneficencia.
26.- Infracciones a los Arts. 5, 6, 10, 12 de la Ley 5.172, sobre espectáculos públicos diversiones y carreras.
27.- Infracciones a la Ley 4023 sobre guía de libre tránsito.
28.- Infracciones a la Ley 4.061 (D.O. 18.06.29) sobre Caza, mod. D.L. 2.319 (D.O. 04.09.78)
29.- Ley Nº 20.283, sobre recuperación del bosque nativo y Fomento Forestal.
30.- Infracciones al D.L. 2.974 (D.O: 19.12.79) Establece normas sobre créditos que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.
31.- Infracciones al D.L. 3.516 (D.O. 13.12.80) Normas sobre división de predios rústicos.
32.- Infracciones al D.S. 226 sobre Registros de Seguridad para instalaciones y locales de almacenamiento de combustible. (S. 06.08.82)
33.- Infracciones a la Ley 18.362 (D.O. 27.12.84) Crea un sistema nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado.
34.- Infracciones a la Ley 18.450 (D.O. 30.10.85) Aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.
35.- Infracciones a la Ley 18.735 modificada por la Ley 18.118 y el C.P.C. que regula actividades de los Martilleros Públicos.
36.- Infracción a la Ley 18.690 sobre almacenes Generales de Depósito.
37.- Infracción a la Ley 19.779 que da competencia a los J.P.L. para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.
38.- Ley 19.552.- Cobrador automático Buses. D.O. 10.02.98.-
39.- Ley 19.680.- Fuegos artificiales (D.O. 25.05.2000)
40.- D.F.L. 216 de 15.05.1931.- Salvoconductos en mudanzas.
(Modificado por Ley N°19.866, D.O. 11-04-03)
GUÍA DE TRAMITES
Conforme a lo dispuesto en el artículo 22, inciso 3º de la ley 18.287,las multas que se acogerán a este beneficio serán las Graves, Menos graves y Leves, de la Ley de Tránsito Nº 18.290, y sólo tendrán derecho a esta rebaja aquellos infractores que paguen en la Tesorería Municipal la multa, dentro de los primeros cinco días hábiles de haber sido cursada, con la cédula de identidad del denunciado y el original de la boleta de citación del funcionario de Carabineros, o Inspector Municipal, en el horario de 08:30 a 13:30 horas.
Las Infracciones gravísimas no tienen derecho a esta rebaja.
Para solicitarlo se debe acercar personalmente, al Juzgado.
El Permiso Provisorio se otorga por el tribunal en los siguientes casos:
‐ Por exhorto de infracción al Tránsito.
‐ Por retención de licencia en caso de accidentes de tránsito con resultado de lesiones leves.
No se otorga el permiso en, el caso de tratarse de infracciones tales como: manejar sin licencia de conducir, con licencia de conducir vencida, Permiso Provisorio vencido.
Se puede obtener sólo los días lunes, martes y jueves de 10:00 a 13:00 horas.
En el caso de bicicletas:
‐Boleta de compraventa o 2 testigos con cédula de identidad.
En el caso de vehículos
– Certificado de anotaciones vigente del vehículo, y
– Fotocopia revisión técnica, seguro obligatorio y permiso circulación, vigentes.
En el caso de vehículos con revisión técnica vencida, permiso de circulación, y seguro obligatorio vencidos:
– Debe comparecer al tribunal acreditando que el vehículo se encuentra en condiciones de trasladarse a una Planta de Revisión Técnica próxima al Juzgado.